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¿Pueden los detectives llevar armas?

La respuesta rápida es no, pero la respuesta larga es sí.

El hecho de ser Detective Privado en España no confiere ningún tipo de privilegio de armas per se.

De hecho, para el desarrollo de las investigaciones no es necesario portar armas.

No obstante, los Detectives Privados, como cualquier otro ciudadano, pueden solicitar la licencia de armas tipo 'B' (arma corta). Dicha licencia se otorga de forma discrecional, pero debe justificarse su solicitud. 

Lo anterior quiere decir que, por el hecho de ser Detective Privado no la otorgan, pero si el Detective Privado, en el ejercicio de sus funciones, sufre episodios violentos, amenazas de muerte, etc. puede ser que la concedan, aunque esto nadie lo asegura.

Hay que reconocer que, a veces, los Detectives Privados nos enfrentamos a situaciones peligrosas. Cuando nos descubren investigando bajas laborales fraudulentas, o infidelidades, pueden crear situaciones de mucha tensión que, a veces, derivan en agresión. Por otro lado, nunca sabemos si el investigado porta armas o es violento. Es por ello que, la Administración debería dejar a critero del detective el hecho de portar armas, como en otros países, pero ese es el eterno debate del sector en España.

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